Startup e PMI innovative

Una startup innovadora es una sociedad de capital de derecho italiano, que también puede constituirse en forma cooperativa, o una empresa europea pero residente fiscalmente en Italia, que tiene como objeto la producción, desarrollo, comercialización de servicios o productos altamente innovadores de tecnología.

 

La startup innovadora es por tanto un nuevo tipo de emprendimiento cuyo propósito es promover el crecimiento de los jóvenes y promover el empleo, encaja perfectamente en los términos del desarrollo de un nuevo emprendimiento juvenil dedicado a la innovación, con el objetivo adicional de atraer capital extranjero a nuestro país, pero también talentos y empresas nacidas en nombre de la innovación.

 

Start-ups innovadoras, como se indica en el art. 25, párrafo 2 del D.L. norte. 179/2012, son sociedades anónimas, también constituidas en forma cooperativa, cuyas acciones o cuotas representativas del capital social no cotizan en un mercado regulado ni en un sistema multilateral de negociación. Y tienen características específicas en diferentes aspectos: desde el período de actividad hasta la distribución de beneficios.

 

La disciplina de Start-Ups Innovadoras (en cumplimiento del Decreto Legislativo nº 179/2012 reconvertido con modificación por Ley nº 221/2012) ha sufrido varios cambios desde sus inicios, pero sobre todo adiciones y mejoras.

 

Se permitió para los años 2013, 2014 y 2015:

 

  • Particulares, a deducir del IRPF un importe equivalente al 19% del importe invertido en el capital social de una o varias start-ups innovadoras, hasta un máximo de 500.000 € por cada período impositivo, siempre que se mantenga la inversión. durante al menos dos años;
  • A las personas jurídicas distintas de las start-ups innovadoras, deducir del Impuesto sobre Sociedades un importe equivalente al 20% del importe invertido en el capital social de una o más start-ups innovadoras, hasta un máximo de 1.800.000 € por cada período impositivo. , siempre que la inversión se mantenga durante al menos dos años.

 

Los porcentajes de reducciones y deducciones arriba indicados se han incrementado para las startups «con vocación social» y para las startups que desarrollan y comercializan exclusivamente productos o servicios innovadores con alto valor tecnológico en el sector energético: del 19% al 25% para la deducción y del 20% al 27% para la deducción.

 

En el comunicado de prensa de 2 de octubre de 2017 del Ministerio de Fomento Económico, las deducciones (para las personas naturales) y las deducciones (para las personas jurídicas) del impuesto y con porcentajes y dentro de límites superiores a los vigentes actualmente.

 

Novedades: 

 

  • Particulares: hay una deducción del impuesto sobre la renta bruta equivalente al 30% del importe invertido en Start-Ups innovadoras hasta una inversión máxima de un millón de euros anuales;
  • Personas jurídicas: se deduce de la base imponible del IRES el 30% de la inversión realizada en Start-Ups innovadoras hasta una inversión máxima anual de 1,80 millones de euros.

 

En el siguiente cuadro se destacan las diferencias entre la legislación anterior y la descrita vigente desde 2017, cuyos beneficios se pueden encontrar, a partir de la declaración de impuestos presentada en 2018:

 

Tenga en cuenta que cualquier exceso de deducción, en caso de incapacidad, se puede informar hacia adelante en las declaraciones de los años fiscales posteriores, pero no más allá del tercero. La Ley de Presupuesto brinda mayores beneficios para quienes inviertan en 2019. Un aumento de tarifas también para adquisiciones. Las buenas noticias para quienes deciden entrar en la capital de las start-ups innovadoras, introducidas por la Maniobra, son dos:

 

  • Incrementar del 30% al 40% la medida de la facilidad para la deducción del impuesto, que se reconoce a los sujetos del Irpef, y para la deducción de la renta, que se reconoce a los sujetos de Ires, que invierten en el capital social de uno o más start-ups innovadoras;
  • Para los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, distintos de las empresas de nueva creación innovadoras, que adquieren la totalidad del capital social de las nuevas empresas innovadoras, la subvención pasa del 30% al 50%.

 

Para beneficiarse de un descuento en los impuestos adeudados, las personas físicas y las empresas tienen la obligación de mantener la inversión durante un período mínimo de tres años. El aumento de las exenciones fiscales, previsto por la Ley de Presupuestos, se aplica solo a 2019 y para que las tarifas sean efectivas se espera la aprobación por parte de la Comisión Europea. Los beneficios fiscales se pueden aplicar a los siguientes casos:

  • Aportaciones en efectivo registradas en el rubro capital social y reserva para prima de emisión de las acciones o cuotas de start-ups innovadoras o sociedades anónimas que invierten principalmente en start-ups innovadoras.
  • Aportes derivados de la conversión de bonos convertibles en acciones o cuotas de nueva emisión;
  • Inversiones en participaciones de OICVM que invierten principalmente en start-ups innovador.

 

Para aquellos que invierten en nuevas empresas innovadoras en 2019, las tasas de descuento fiscal aumentarán, pero permanecen las mismas obligaciones. La ley que regula las instalaciones, de hecho, establece que la inversión se mantiene durante al menos tres años. El derecho a las prestaciones caduca si, en el plazo de tres años desde la fecha en que se detecta la inversión, se da una de las siguientes situaciones:

 

  • La transferencia, incluso parcial, a título oneroso, de las inversiones patrimoniales recibidas a cambio de las contribuciones subsidiadas;
  • La reducción del capital social así como la distribución de reservas u otros fondos constituidos con prima de emisión de acciones o cuotas de start-ups innovadoras o sociedades inversoras.
  • La retirada o exclusión de inversores;
  • La pérdida, por la puesta en marcha innovadora, de uno de los requisitos necesarios para la calificación de la puesta en marcha innovadora.

 

Pero hay casos concretos en los que la pérdida de los requisitos del art. 25, párrafo 2, del Decreto Legislativo n. 179/2012 por la innovadora start-up no representa un motivo de caducidad:

 

  • La expiración de los 5 años contados a partir de la fecha de constitución o del plazo diferente señalado por el segundo plazo del apartado 3 del mismo art. 25;
  • La superación del umbral de valor de producción anual de 5.000.000 euros;
  • Cotización en una instalación comercial multilateral.

 

 

La calificación de start-up innovadora se reconoce a una sociedad anónima, incluida una cooperativa, establecida desde hace menos de cinco años.

 

Alternativamente, o pasado este período, para seguir teniendo ventajas fiscales y no fiscales, existe otra forma jurídica que tiene numerosos puntos de contacto con las start-ups innovadoras, pero también diferencias sustanciales, la pyme innovadora.

 

Para obtener más información, visite el sitio web oficial de MISE: https://www.mise.gov.it/index.php/it/impresa/competitivita-e-nuovo-imprese/start-up-innovative.

 

Pymes innovadoras

 

La condición de PYME innovadora puede ser asumida por empresas que operan en el ámbito de la innovación tecnológica, independientemente de la fecha de constitución, el objeto social y el nivel de madurez. En particular, las pequeñas y medianas empresas que ocupen menos de 250 personas y cuya facturación anual no supere los 50 millones de euros, o cuyo balance total no supere los 43 millones de euros, constituidas como sociedades anónimas, también en forma cooperativa. Ventajas de las pymes innovadoras:

 

  • Exención del impuesto de timbre para inscripciones en el Registro Mercantil de las Cámaras de Comercio;
  • Excepciones a la disciplina corporativa ordinaria: las más significativas son para las PYMES innovadoras constituidas en forma de SRL, a las que se les permite crear categorías de acciones con derechos particulares (por ejemplo, acciones que no ceden derechos de voto, o no los ceden a en un grado proporcional a la participación); realizar transacciones con sus propias acciones; emitir instrumentos financieros de capital; ofrecer acciones de capital al público;
  • Facilidades en la liquidación de pérdidas: las pymes innovadoras gozan de un régimen especial de reducción de capital social, que incluye una moratoria de un año para la liquidación de pérdidas superiores a un tercio (el plazo se aplaza al segundo año siguiente);
  • Remuneración con instrumentos de participación accionaria: la PYME innovadora puede remunerar a los colaboradores con instrumentos de participación accionaria (como opciones sobre acciones), y proveedores de servicios externos a través de esquemas de «trabajo por patrimonio», por lo que aceptan como pago por algunas acciones de la empresa. Estos instrumentos están sujetos a un régimen fiscal y contributivo sumamente favorable: no se incluyen en la renta imponible y están sujetos únicamente a la tributación sobre las plusvalías (plusvalía, dada por la diferencia entre el precio de compra y el precio específico de venta de los valores). de la Bolsa de Valores);
  • Incentivos fiscales a las inversiones en pymes innovadoras que llevan menos de 7 años en funcionamiento, desde la primera venta comercial, a personas físicas (deducción del 19% del IRPF hasta un máximo invertido de 500 miles de euros) y personas jurídicas (deducción de la IRES imponible 20% hasta un máximo invertido de 1,8 millones);
  • Uso del crowdfunding de capital social: incluso las pymes innovadoras, como las nuevas empresas innovadoras, pueden lanzar campañas para obtener capital generalizado a través de portales en línea autorizados; esta herramienta se ha extendido ahora a todas las PYME.
  • Intervención simplificada, gratuita y directa al Fondo de Garantía para la Pequeña y Mediana Empresa, fondo público que facilita el financiamiento bancario otorgando una garantía sobre préstamos; esta garantía cubre hasta el 80% del crédito desembolsado por el banco a la pyme innovadora (máximo 2,5 millones de euros), y se otorga en base a criterios de acceso sumamente simplificados, con una investigación que se beneficia de un canal prioritario.


Si está interesado en abrir, organizar y desarrollar una start-up o pyme innovadora y desea más información al respecto, consulte el siguiente enlace: https://www.demixgroup.com/it/acceleratore-di-impresa/.