Bono de consultoría de innovación

La medida Bono de consultoría en innovación es la intervención que, en línea con el plan nacional «Empresa 4.0», apoya los procesos de transformación tecnológica y digital de las pymes y redes empresariales en todo el país mediante la introducción en la empresa de figuras directivas capaces de implementar las tecnologías habilitadoras previstas por el Plan Nacional. La dotación económica asignada para la ejecución de la intervención es igual a 75 millones de euros divididos para cada uno de los años 2019, 2020 y 2021.

ENVÍO DE SOLICITUDES

Con el decreto directoral de 25 de septiembre de 2019 se establecen los plazos y modalidades de presentación de solicitudes de subvención por parte de pymes y redes, que deberán presentarse exclusivamente a través del trámite informático correspondiente, accediendo al apartado «Recepción de solicitudes» y pinchando en «Voucher Innovation Manager «después de haber ingresado la Tarjeta de Servicio Nacional (CNS).

El procedimiento de presentación de las solicitudes de subvención se divide en las siguientes etapas:

  • Verificación preliminar de la posesión de los requisitos de acceso al procedimiento informático, a partir de las 10.00 horas del 31 de octubre de 2019
  • Recopilación de la solicitud de acceso a las instalaciones, a partir de las 10.00 horas del 7 de noviembre de 2019 y hasta las 17.00 horas del 26 de noviembre de 2019
  • Envío de la solicitud de acceso a las instalaciones, a partir de las 10.00 horas del día 3 de diciembre de 2019.

¿Para quién?

Podrán beneficiarse de las concesiones a que se refiere el Bono de consultoría en innovación las empresas que operen en todo el territorio nacional que, a la fecha de presentación de la solicitud y al momento de otorgar la subvención, posean los siguientes requisitos:

  1. Calificarse como micro, pequeña o mediana empresa de acuerdo con la legislación vigente;
  2. No estar entre las empresas activas en los sectores excluidos del artículo 1 del Reglamento de la UE no. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 “De Minimis”;
  3. Tener domicilio social y / o unidad local activa en el territorio nacional y estar inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio territorialmente competente;
  4. No ser beneficiarios de sanciones de inhabilitación de conformidad con el artículo 9, párrafo 2, del Decreto Legislativo 8 de junio de 2001, núm. 231 y cumplir con el pago de las cotizaciones a la seguridad social;
  5. No estar sometido a concurso de acreedores y no encontrarse en estado de quiebra, liquidación, incluso administración voluntaria, controlada, arreglo con acreedores o cualquier otra situación equivalente conforme a la legislación vigente;
  6. No haber recibido y posteriormente no reembolsado o depositado en una cuenta bloqueada ayudas en las que se encuentre pendiente una orden de recuperación, previa decisión de la Comisión Europea que declare las ayudas ilegales e incompatibles con el mercado común.

Además, las redes comerciales compuestas por no menos de tres PYME en posesión de los requisitos descritos también pueden beneficiarse del bono, siempre que el contrato de red constituya una colaboración eficaz y estable y se caracterice por los elementos mencionados en el artículo 2, párrafo 2 , del decreto de 7 de mayo de 2019.

Gastos elegibles

Gastos incurridos por servicios de consultoría especializada prestados por un responsable de innovación cualificado e independiente incluido temporalmente, con contrato de consultoría de no menos de nueve meses, en la estructura organizativa de la empresa o de la red.

Por gestor de innovación cualificado e independiente entendemos un gestor inscrito en la lista específica establecida por el Ministerio de Desarrollo Económico o indicado, con los mismos requisitos personales y profesionales, por una empresa inscrita en la misma lista y que sea independiente de la empresa o de la red que se beneficia del asesoramiento de especialistas.

La consultoría debe tener como objetivo orientar y apoyar los procesos de innovación, transformación tecnológica y digital de empresas y redes mediante la aplicación de una o más de las tecnologías habilitadoras previstas por el Plan Nacional de Negocio 4.0 identificadas entre las siguientes:

  1. Big data y análisis de datos;
  2. Computación en la nube, niebla y cuántica;
  3. Seguridad cibernética;
  4. Integración de las tecnologías Next Production Revolution (NPR) en los procesos comerciales, también y con especial atención a las producciones tradicionales;
  5. Simulación y sistemas ciberfísicos;
  6. Creación rápida de prototipos;
  7. Sistemas de visualización, realidad virtual (VR) y realidad aumentada (AR);
  8. Robótica avanzada y colaborativa;
  9. Interfaz hombre-máquina;
  10. Fabricación aditiva e impresión tridimensional;
  11. Internet de cosas y máquinas;
  12. Integración digital y desarrollo de procesos comerciales;
  13. Programas de marketing digital, tales como procesos transformadores y habilitadores para la innovación de todos los procesos para potenciar marcas y signos distintivos (el llamado «branding») y desarrollo comercial hacia los mercados
  14. Programas de innovación abierta.

Los puestos gerenciales también pueden dirigir y apoyar los procesos de modernización de las estructuras gerenciales y organizacionales, incluido el acceso a los mercados financieros y de capital, a través de:

  1. La aplicación de nuevos métodos organizativos en las prácticas empresariales, en las estrategias de gestión empresarial, en la organización del lugar de trabajo, siempre que supongan un importante proceso de innovación organizativa de la empresa;
  2. El lanzamiento de vías dirigidas a cotizar en mercados regulados o no regulados, participación en el Programa Elite, apertura de capital riesgo a inversores independientes especializados en private equity o capital riesgo, el uso de nuevos instrumentos financieros alternativos y digitales como, a través de ejemplo, crowdfunding de capital, financiamiento de facturas, la emisión de mini bonos.

Las especificaciones sobre el contenido y finalidad de los servicios de consultoría, así como la duración y remuneración, deberán resultar de un contrato de consultoría suscrito por las partes con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de admisión a la contribución.

Beneficios

El beneficio consiste en una contribución en forma de bono que se puede otorgar bajo el régimen «de minimis» de conformidad con el Reglamento (UE) núm. 1407/2013. La subvención máxima que se puede conceder se diferencia según el tipo de beneficiario:

  • Micro y pequeño: aportación equivalente al 50% de los gastos incurridos hasta un máximo de 40 mil euros
  • Medianas empresas: aportación equivalente al 30% de los costes incurridos hasta un máximo de 25 mil euros
  • Redes empresariales: aportación equivalente al 50% de los costes incurridos hasta un máximo de 80 mil euros

Con una disposición posterior de la Dirección General de incentivos empresariales que se aprobará dentro de los 30 días siguientes a la publicación del decreto de 7 de mayo de 2019, los términos y procedimientos para la presentación, por parte de las pymes y redes empresariales, de las solicitudes de admisión a la cotización.

Procedimiento de acreditación para pymes gestionadas por personas jurídicas y para redes empresariales sin subjetividad jurídica.

Proponer PYMES gestionadas por una o más personas jurídicas o entidades distintas de las personas físicas así como redes empresariales sin subjetividad jurídica, a efectos de acreditación al procedimiento informático (http://agevolazionidgiai.invitalia.it) para la presentación de la solicitud Para acceder a la instalación, debe enviar un PEC a partir de las 10.00 horas del 31 de octubre de 2019 a managerin Tecnologia@pec.mise.gov.it. adjuntando un formulario específico debidamente cumplimentado y firmado digitalmente:

  • Para las PYME gestionadas por una o más personas jurídicas o entidades distintas de las personas físicas;
  • Para redes empresariales sin subjetividad jurídica.

Al enviar el formulario, por favor ingrese el siguiente texto como asunto del PEC: «VIM – Solicitud de acreditación al procedimiento de TI» seguido del código tributario del solicitante y su nombre. Cabe señalar que los cumplimientos técnicos relacionados con la fase de acreditación del procedimiento informático se llevan a cabo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Regulaciones

  • Decreto director de 6 de noviembre de 2019: se ha publicado el listado de gerentes calificados y empresas consultoras.
  • Decreto director de 25 de septiembre de 2019: se han establecido los términos y métodos para la presentación de solicitudes de subsidios y solicitudes de desembolso relacionadas por parte de PYMES y redes.
  • Decreto director de 29 de julio de 2019: se han definido los procedimientos y plazos para la presentación de solicitudes de inscripción en lista.

Decreto Ministerial de 7 de mayo de 2019: disposiciones de desarrollo de la intervención encaminadas a facilitar la adquisición de consultoría de gestión orientada a apoyar los procesos de transformación tecnológica y digital de las pymes y redes empresariales.

El ingeniero Fabio Manenti (según el Decreto Director de 6 de noviembre de 2019) ha obtenido la acreditación de MISE como GERENTE DE INNOVACIÓN CUALIFICADO y por lo tanto es designado por el Ministerio de Desarrollo Económico para la entrega y uso del fondo VOUCHER MANAGER, ver enlace: https : //www.demixgroup.com/it/mise/ .

Demix International Consulting también podrá apoyar en la fase de solicitud y obtención del Voucher en sí, y gracias a la colaboración y acreditaciones obtenidas también con la Cámara de Comercio de Milán, Monza Brianza y Lodi, Unioncamere Lombardía, Regione Lombardia, Finlombarda, el Organismo Nacional de Microcrédito, etc., podrá ofrecerle muchos otros servicios para apoyar aún más a su empresa y al desarrollo de sus proyectos, ver enlace: https://www.demixgroup.com/it/demix-group -consultante/.